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Los carcinogenos

Los carcinogenos

Existen tres grandes listas reconocidas internacionalmente acerca de los carcinógenos: las del CIIC1 , de la ACGIH2 , y de la Unión Europea (CLP3). ¡Como consecuencia puede resultar difícil encontrar la información para un principiante!

Sobre todo, porque existen disparidades en lo que a su clasificación se refiere, así como a la lista de productos en cuestión. Las distintas clasificaciones y sus definiciones se reúnen más abajo para ilustrar un poco más estas diferencias.

A) Clasificación del CIIC

El Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC o IARC en inglés) distingue cuatro grupos de compuestos o factores físicos en la base de datos científicos existentes para permitir evaluar el potencial cancerígeno:

  • GRUPO 1: El agente (o mezcla) es carcinógeno para el ser humano. Las condiciones de la exposición conllevan exposiciones carcinógenas para el ser humano. Esta categoría se utiliza únicamente cuando existen pruebas suficientes de carcinogenicidad en humanos. Hasta agosto del 2012, 108 agentes se clasifican en el grupo 1 del CIIC. Se divide en subgrupos: agentes y grupos de agentes, mezclas complejas, exposiciones profesionales y otras.
  • GRUPO 2A: El agente (o mezcla) es probablemente carcinógeno para el ser humano. Esta categoría se usa cuando existen pruebas limitadas de la carcinogenicidad en humanos y pruebas suficientes de la carcinogenicidad en experimentación animal. Hasta agosto del 2012, 64 agentes y grupo de agentes constan en esta lista.
  • GRUPO 2B: 272 agentes constan en esta lista de agentes posiblemente carcinógenos para el ser humano. Existen pruebas limitadas de carcinogenicidad en humanos y pruebas insuficientes de carcinogenicidad en experimentación animal. También puede ser utilizada cuando existan pruebas inadecuadas de carcinogenicidad en humanos pero suficientes de carcinogenicidad en experimentación animal. (carcinógenos sospechados).
  • GRUPO 3: 508 agentes constan en esta lista y no pueden ser clasificados respecto a su carcinogenicidad para el ser humano (existen pruebas inadecuadas de carcinogenicidad en humanos e inadecuadas o limitadas en animales de experimentación).
  • GRUPO 4: abarca los agentes que son probablemente no carcinógenos para el ser humano (existen pruebas que sugieren la ausencia de carcinogenicidad en humanos y en animales de experimentación). El único agente de este grupo es la caprolactama.

B) Clasificación de la ACGIH

La American Conference of Governmental Industrial Hygienists (ACGIH) distingue cinco categorías de productos químicos o agentes carcinógenos:

  • GRUPO A1: Carcinógenos conocidos en el ser humano. (grupo 1 del CIIC y categoría 1A de la Unión Europea).
  • GRUPO A2: Carcinógenos con sospecha de serlo en el ser humano (grupo 2A del CIIC y categoría 1B de la Unión Europea).
  • GRUPO A3: Carcinógenos en los animales con relevancia desconocida en el ser humano (grupo 2B del CIIC et categoría 2 de la Unión Europea).
  • GRUPO A4: No clasificados como carcinógenos en humanos (grupo 3 del CIIC).
  • GRUPO A5: No sospechoso como carcinógeno en humanos. (grupo 4 del CIIC).

C) Clasificación de la Unión Europea (CLP)

Categoría 1A: abarca las sustancias cuyo potencial carcinógeno para el ser humano se sabe; la clasificación en esta categoría se basa ampliamente en datos humanos.

Categoría 1B: abarca las sustancias cuyo potencial carcinógeno para el ser humano se supone; la clasificación en esta categoría se basa ampliamente en datos animales.

En resumidas cuentas, la pertenencia a la categoría 1A y 1B se basa en el valor probatorio de los datos que pueden proceder de los estudios en humanos con una relación causal entre la exposición humana a una sustancia y la aparición del cáncer (categoría 1A) y estudios animales cuyos resultados son suficientemente convincentes para demostrar la potencia carcinogénica en animales (carcinógeno con sospecha de serlo en el ser humano) (categoría 1B)

Categoría 2: abarca las sustancias con sospecha de ser carcinogénicas para el ser humano. Esta clasificación se basa en resultados procedentes de estudios en humanos y/o animales pero insuficientemente convincentes para que pertenezcan a la categoría 1A o 1B.

Como consecuencia se puede considerar que los productos clasificados en el grupo 1 del CIIC, A1 de la ACGIH y en la categoría 1A de la UE son carcinógenos para el ser humano.

No obstante, deben considerarse disparidades importantes si se comparan las tres listas de productos carcinógenos entre sí. No podemos detallar aquí cada una de estas diferencias: tendremos que limitarnos a nombrar los productos más usados.

Si tomamos como referencia la lista de carcinógenos para el ser humano del CIIC, trataremos de ver las grandes diferencias y similitudes que existen con las listas de la ACGIH y de la Unión Europea.

Se consideran carcinógenos para el ser humano:

  • El amianto,
  • El aminodifenilo,
  • El arsénico y sus compuestos,
  • El benceno,
  • La bencidina,
  • El cloroetileno,
  • El berilio y sus compuestos,
  • El bis(clorometil)éter y el clorometileter (cualidad técnica),
  • El cromo 6 y sus compuestos a excepción del cromato de bario que pertenece al grupo 1B de la Unión Europea – el alquitrán de hulla,
  • El metilenobis (2-cloroanilina) (cabe destacar que se considera carcinógeno probable A2 de la ACGIH),
  • La naftilamina.

Existen sobre todo grandes diferencias entre los productos registrados en la lista de la ACGIH y los del CIIC y de la Unión Europea. Estas listas son más similares, pero hay que recordar que los productos clasificados en el grupo 1 del CIIC pueden constar tanto en la categoría 1A como en la categoría 1B de CLP.

Algunos ejemplos que recordar:

Numerosos productos sólo están clasificados como carcinógenos conocidos por el CIIC:

  • La azatioprina,
  • La clornafazina,
  • El busulfán,
  • El clorambucilo,
  • La semustina,
  • La ciclosporina,
  • Los anticonceptivos orales
  • La ciclofosfamida,
  • El dietilsilbestrol,
  • El etopósido combinado con cisplatina y bleomicina,
  • La iperita,
  • Las infecciones por Helicobacter pylori,
  • El yodo radioactivo,
  • El melfalán,
  • El metoxi-8-psoraleno,
  • El MOPP,
  • Los neutrones,
  • La n,n’-nitrosonornicotine,
  • La estrogenoterapia,
  • El fósforo 32 (bajo la forma de fosfatos),
  • El plutonio 239 y 240,
  • Los radioelementos que emiten partículas alfa y beta,
  • El radio 224,226,228,222,
  • Los rayos X y gamma,
  • El tamoxifeno,
  • La TCDD,
  • La tiotepa,
  • El torio 232
  • Numerosos virus

No nombraremos aquí todas las listas de las mezclas y de las exposiciones laborales carcinogénicas desglosadas en la lista del CIIC.

  Producto carcinógeno      CIIC ACGIH CLP
  Formaldehido Grupo 1 Grupo A2 Cat. 2
  Arseniuro de galio Grupo 1 Grupo A3
  Óxido de etileno Grupo 1 Grupo A2 Cat. 1B
  o-Toluidina o-Toluidina Grupo A3 Cat. 1B

Estas diferencias de clasificación pueden sin duda explicarse por los límites de las pruebas en los animales y otras diferencias de interpretación de los datos humanos y experimentales, pero deben llamarnos la atención.

Para una mayor seguridad, resulta lógico considerar que debemos cumplir con la clasificación la más restrictiva, pero esto exige un buen conocimiento de las distintas listas. Estas listas se estudian en Prometra y responden a la siguiente clasificación:

  • 1001: lista de productos carcinógenos o sospechados de serlo según el CIIC
  • 1020: lista de productos carcinógenos o sospechados de serlo según la ACGIH
  • 1030: lista de productos carcinógenos o sospechados de serlo según la Unión Europea

1 Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer
2 American Conference of Industrial Hygienists
3 Classification Labelling and Packaging, reglamento 1272/2008/CE

Danielle Henny, Médico del trabajo

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